Registre a sus beneficiarios en la AFORE

El 2022-04-12 por Víctor Fernando Pastor Avendaño en Seguridad Social

Si usted es trabajador activo o inactivo, pero ya ha cotizado con algún instituto de seguridad social (IMSS, ISSSTE ) previamente, esto es muy importante para usted; debe de tener presente que cuando usted llegue a faltar y no se hizo esta designación de "beneficiarios" con anticipación, dejará un gran problema a sus familiares que subsistan, ya que los derechos derivados de las relaciones de trabajo, o en su caso de seguridad social (AFORE, IMSS), no están sujetos a la materia civil, o sea, que estos no se heredan automáticamente a sus posibles herederos.

Es por eso que el IMSS ha determinado que esta designación se tiene que realizar directamente en la AFORE, y también, recientemente, debido a la reforma del 24 de Febrero de 2017 a la Ley Federal del Trabajo, esta designación debe de estar realizada a la par (junto con la AFORE) con sus respectivos patrones, dentro del contrato individual de trabajo. 

De no estar realizadas ambas designaciones, una en la AFORE y otra con el patrón, sus beneficiarios tendrán que recurrir al Tribunal Laboral para interponer un juicio de DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS, lo cual conlleva todas las formalidades de un trámite de esta magnitud.

El IMSS establece que los beneficiarios pueden ser: beneficiarios legales como: "el cónyuge del asegurado y a falta de éste, la concubina o el concubinario en su caso, así como los ascendientes y descendientes del asegurado"; aunque, también pueden existir los beneficiarios sustitutos o designados, que son aquellas personas designadas por el trabajador que no se encuentran dentro de los beneficiarios legales y puede ser cualquier persona.


Publicaciones anteriores | 1 |

Ubicación

Norte de Veracruz y al Sur de Tamaulipas.

Contacto

Teléfono
E-mail

Redes sociales

Twitter Tiktok
2024 - f8bit_