Los convenios de alimentos del DIF no necesitan homologación judicial
El 2022-07-17 por Víctor Fernando Pastor Avendaño en Derecho Familiar
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dicho al respecto que para proteger los derechos derivados del Artículo 4 Constitucional relativo a los alimentos, es innecesario que se acuda a la jurisdicción voluntaria para pedir la homologación de este convenio celebrado en el DIF; el Juez debe de tomar en consideración el convenio para hacer cumplir las disposiciones que ahí se establecen en caso de que este requiera ejecutarse.
Amparo directo en revisión 3274/2020.
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