Las pensiones alimenticias deben tomar en cuenta el salario mínimo vigente para su cuantificación y no la UMA.

El 2022-10-12 por Víctor Fernando Pastor Avendaño en Derecho Familiar

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que que para realizar la cuantificación sobre pensiones alimenticias que recaen en la personas deudoras alimentarias (o sea, las condenadas a pagar una pensión, ya sea a sus hijos, padres, u otros), esta se debe de realizar con base en "el salario mínimo vigente" y no la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Esto de acuerdo al Artículo 123 apartado A, fracción VI, por ser más acorde a su naturaleza y finalidades.

Por ejemplo:

  • El salario mínimo vigente al día de hoy equivale a: $5,255 MXN al mes.
  • la UMA al día de hoy equivale a $2,925.09 MXN al mes.

Amparo directo en revisión 1194/2022


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