Los padres de crianza pueden ser beneficiarios de la seguridad social
De acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación: La Segunda Sala (…) otorgó un amparo para que la Secretaría de la Defensa Nacional permita acreditar que los padres de crianza sean registrados como derechohabientes y accedan al servicio médico quirúrgico, entre otros beneficios.
La Sala precisó que era necesario adoptar una interpretación conforme, es decir, una interpretación normativa que favorezca la protección más amplia acorde a la Constitución y los tratados internacionales. Con ello, se garantiza el derecho a la seguridad social de los padres de los militares, sean biológicos, jurídicos o de crianza.
Amparo en revisión 502/2021, resuelto en sesión de 1 de junio de 2022.
Destacando que es incorrecto establecer que la familia sólo se constituye por vínculos biológicos o jurídicos, sino que también pueden surgir a partir de relaciones de hecho.
De esta manera la Corte, da cabida para que en juicios de amparo futuros se dé esta misma protección en otras Instituciones de seguridad social, a derechohabientes que tengan cuestiones de hecho que tengan que ser tuteladas a pesar de que estas nieguen la solicitud a los derechohabientes.
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